miércoles, 17 de septiembre de 2025

LOS COMUNEROS DE ALISTE

 

La guerra de las Comunidades fue un conflicto armado que se desarrolló entre 1520 y 1522 en el ámbito del antiguo reino de Castilla y que enfrentó a las tropas leales a Carlos I frente a los sublevados comuneros. Las causas que provocaron este conflicto han sido fuente de debate historiográfico pero fundamentalmente se han barajado tres: la inestabilidad política anterior, la crisis económica generada por las malas cosechas y epidemias unida a la alta presión fiscal y el descontento provocado por la llegada de la corte de Carlos I, quien se rodeó de personajes extranjeros que coparon los principales puestos de poder.

La revuelta tuvo como foco de origen la ciudad de Toledo, que se negó a enviar sus representantes a las Cortes convocadas en Santiago (donde iban a votar un nuevo servicio para sufragar los gastos del viaje de Carlos I a Alemania) extendiéndose por buena parte de las ciudades del interior peninsular y tuvo su punto álgido el 23 de abril de 1521 cuando los rebeldes comuneros son aplastados por las tropas del rey en la localidad de Villalar y sus principales cabecillas (Padilla, Bravo y Maldonado) ajusticiados al día siguiente. Pese a la derrota hubo algunos intentos por mantener viva la llama comunera, especialmente por la resistencia de María Pacheco (viuda de Padilla) en su bastión de Toledo, que finalmente capitula en febrero de 1522 poniendo el punto final al conflicto.

Aunque la revolución tuvo un fuerte componente urbano ello no es óbice para despreciar la actividad rebelde en las áreas rurales, en ocasiones marginadas por los estudios temáticos. Un buen ejemplo de ello es la comarca alistana que, como vamos a ver, también vivió el fervor comunero si bien su campo de actuación estuvo limitado en cuanto a tiempo y medios debido posiblemente a la lejanía de los principales focos rebeldes y a unas condiciones sociales, políticas y económicas intrínsecas poco favorables. Aunque no se puede hablar de una revuelta en sentido estricto ya que no se llegó a materializar ninguna acción violenta (por la rápida y contundente respuesta de los señores de Alcañices) sí podemos hablar de un plan organizado y orquestado entre una serie de personajes que contaron con un aparente apoyo social de base que puso en jaque a la autoridad señorial en esta tierra.

La información que hemos manejado en torno a estos hechos procede casi exclusivamente de los procesos judiciales que se llevaron a cabo contra los principales líderes de la trama[1]. A través de las declaraciones y testimonios efectuados tanto de los testigos presentados como de los propios acusados por su participación en este intento de revuelta podemos hacer una recomposición aproximada de cómo se produjeron los acontecimientos. 

Hay que señalar en primer lugar que la rebelión comunera tuvo una repercusión tardía en Aliste. No es sino a finales del mes de marzo de 1521 (por tanto apenas unas semanas antes de la batalla de Villalar) cuando se empieza a perfilar un movimiento más o menos organizado que busca vincularse a las Comunidades. Aunque pudieran existir ciertas dinámicas sociales de base que lo alentaran dicho movimiento surge a través de algunos personajes que formaban parte de la administración territorial del señorío de Alcañices, elementos políticos a una escala menor pero que participaban de su organización y tenían capacidad de influencia en buena parte de la población.

A imagen y semejanza de los líderes comuneros de Villalar en Aliste los cabecillas de la insurrección también fueron tres. Se trata de Alonso de la Cuesta, vecino de Palazuelo de las Cuevas; Juan del Prado, vecino de Tola y Diego Ramos, vecino de San Juan del Rebollar. Los tres eran en ese momento procuradores generales de la tierra de Aliste (también llamada de Alcañices). Por ponerlo en contexto, dentro de la organización política del señorío, Aliste se dividió en cuatro cuadrillas, formadas cada una por un número determinado de pueblos[2] y que a su vez estaban representadas (cada una de ellas) por un procurador general. Estos cargos eran propuestos anualmente en el concejo general de la Tierra que tenía lugar de forma alterna en Grisuela y San Vitero. Las personas propuestas se remitían al señor que era quien finalmente elegía a los cuatro procuradores generales[3]. Por tanto, en ese momento tres de los cuatro procuradores elegidos por Francisco Enríquez desafían su autoridad. Gracias a sus declaraciones sabemos que mantuvieron una reunión inicial en la que ya sopesaron la idea de unirse a las Comunidades como antes los habían hecho otros lugares de realengo o señorío, especialmente (dicho por ellos mismos) tomando el ejemplo de Villalpando. Este primer encuentro tuvo lugar encima de la majada de San Vitero, posiblemente el sitio donde se celebrarían habitualmente las reuniones del concejo general.

El plan trazado por ellos requería varias actuaciones por su parte. Por un lado, los tres debían ponerse en contacto con la Junta comunera de Zamora para recabar su apoyo, sin el cual sería muy complicado alcanzar los objetivos. Por otro, recorrerían personalmente la comarca para hablar directamente con los vecinos y ganarse así la voluntad de los concejos.

El día 26 de marzo tanto Diego Ramos como Juan del Prado viajan hasta Zamora donde son vistos por Cristóbal Fernández del Manzano, que había sido escribano público en Alcañices. Allí se entrevistan con Juan de Porras y Francisco Pardo, dos de los principales líderes comuneros en la ciudad. También lo hace Alonso de la Cuesta, aunque por separado. Los procuradores les exponen la necesidad de obtener su apoyo prometiéndoles la toma de la tierra de Alcañices favoreciéndoles con gente y bastimentos. Tanto Porras como Pardo (que ejercía de alcalde de la Junta) ven con buenos ojos la iniciativa aunque no llegan a comprometerse de forma implícita. En estos momentos la situación de don Francisco Enríquez y su esposa doña Isabel de Ulloa, señores de Alcañices, es delicada. Don Francisco se encuentra en Tordesillas junto al resto de nobles que apoyan el bando realista a la espera de un posible enfrentamiento con las tropas comuneras[4] mientras que su mujer se encuentra sola en Alcañices recluida en su fortaleza. Ésta comienza a recibir informaciones acerca de actuaciones rebeldes en la comarca. A tenor de las declaraciones de los testigos la actividad de los procuradores e incluso de algún cuadrillero fue frenética esos días recorriendo la comarca en busca de adhesiones a su causa. Intentan incentivar las acciones subversivas entre los vecinos, conminándoles por ejemplo a que no acudan al llamamiento del señor para acudir a Tordesillas en calidad de peones (reclutamiento forzoso). Al mismo tiempo se reúnen en San Vitero con Juan Feo, vecino de Losacio y Juan González, vecino de Muga de Alba, ambos partidarios de las Comunidades, en un claro intento por conectar el movimiento entre ambos señoríos (Alcañices y Alba de Aliste) y así aunar esfuerzos.

Por otro lado, el 28 de marzo se presentan en Alcañices otros tres cuadrilleros de la tierra de Aliste: Bartolomé Ramajo, Andrés de las Heras y Diego Bermejo, vecinos de Ceadea, Pobladura y Tola respectivamente. Su objetivo es entrevistarse con la señora Isabel de Ulloa con el fin de trasladarle su inquietud por las continuas presiones a las que les sometían los vecinos para que se unieran a los sublevados. Al parecer, y según su propio testimonio, el vecindario temía la llegada de elementos insurrectos procedentes de la Zamora comunera que ya habían provocado la huida hacia Portugal de vecinos de la tierra de Alba. Incluso un testigo declara haberse topado con soldados armados a la altura de la barca de San Pedro de la Nave (por donde cruzaba el Esla) que entendió podrían ser espías al servicio de los comuneros. Los tres cuadrilleros no pudieron hablar directamente con doña Isabel (excusándose ésta en que ese día era Jueves Santo) pero sí con Juan de Parediñas, escribano público en la villa, al que pusieron en conocimiento de lo sucedido. Este a su vez se lo hace saber a Gonzalo de Huerta, alcaide de la fortaleza, y juntos acuden a interrogar a los cuadrilleros para intentar ampliar la información, aunque sin éxito.

Ante la gravedad de tales hechos, y una vez informada de todo doña Isabel, se pone en marcha la maquinaria judicial al servicio de los señores, quienes ostentaban esta prerrogativa como tenentes de la jurisdicción civil y criminal en primera instancia en su territorio.

El día 10 de abril el alcalde mayor de Alcañices, el licenciado Antonio de Barahona, inicia el proceso tomando declaración a diferentes vecinos de Aliste[5]. A mismo tiempo regresa de Tordesillas don Francisco Enríquez quien se presenta en Alcañices acompañado de un contingente de hombres de a pie y a caballo para asegurar la defensa de sus dominios y supervisar de cerca el proceso abierto[6]. El día 12, una vez requeridos los testimonios, el licenciado Barahona ordena a los alcaldes ordinarios Juan Vara y Cristóbal Sánchez (junto a dos escuderos de don Francisco) apresar a los tres procuradores, Alonso, Juan y Diego, siendo encarcelados en la fortaleza de la villa. Allí recibirán juramento y les tomará declaración dos días más tarde.

No sabemos si por las presiones a las que pudieron estar sometidos o simplemente como signo de entereza y coherencia personal el caso es que ninguno de los tres procuradores negó su participación en los hechos de los que se acusaba, y eran muy graves, pues se trataba de delitos de alta traición. Cabe destacar algunos de los motivos que esgrimieron para justificar su actitud. Expresiones como que buscaban adherirse a las Comunidades porque así serían libres para no pagar nada al señor; que agora tenyan tienpo de ser libres e esentos de todas cosas o que la señora Isabel tenía en la villa harto oro, plata y dinero dejan bien a las claras el carácter antiseñorial de sus pretensiones.

Al mismo tiempo que estos procuradores esperaban sentencia se abría otro proceso paralelo contra los tres cuadrilleros que habían “osado” interpelar a doña Isabel. A diferencia de los anteriores estos mantuvieron una actitud más ambigua, defendiendo su inocencia y solicitando clemencia a su señor don Francisco.

Por fin el día 17 de abril el alcalde mayor, atento a los testimonios recogidos, y después de un juicio sumario dicta sentencia en ambos procesos. Son tan elocuentes por sí solas que hemos creído conveniente transcribirlas literalmente. La primera sentencia relativa a los procuradores generales dice lo siguiente:

Fallo que atentos los abtos e meritos del proceso e los dichos e deposyciones de los testigos e las confesyones espontanyas dellos e como les fueron leydas e retificaronse en ellas que devo pronunciar e pronuncio declarar e declaro los susodichos e cada uno dellos ser culpados de lo contenydo en este proceso e aver procurado e solicitado por muchas maneras de segregar e apartar esta villa e tierra de la lealtad de su magestad e de don Francisco my señor e aver procurado e puesto mucha diligencia de la entregar e dar a la Junta de las Comunydades e meter gente en ella de las dichas comunydades por lo qual pronuncio e declaro aver cometido caso de aleve e traycion que es gravysimo crimen delito por ende porque a ellos sea castigo e a otros enxenplo en pena de su delito que los devo condenar e condenolos a todos tres e a cada uno dellos a que sean traydos públicamente por las calles desta villa encima de sendos asnos atadas pies e manos con sendas sogas al pescuezo e a boz de pregon sean llevados al lugar publico donde suelen acostunbrar poner los delinquentes e malfechores e sean puestos en sendas horcas e dellas sean colgados e les sean alçados los pies del suelo quanto dos varas de medir e allli esten colgados fasta que mueran muerte natural y el anyma les salga de las carnes e condenoles mas en perdimyento de todos sus bienes ansy muebles como rayces los quales aplico a la camara de don Francisco my señor e mas les condeno en las costas del proceso cuya tasacion en my reservo jusgando por esta my sentencia definytiba asy lo declaro e pronuncio e mando en estos escritos e por ellos. El licenciado Barahona.”

En cuanto a la segunda sentencia (algo más benévola que la anterior) contra los otros tres cuadrilleros transcribimos las penas a los acusados:

“[…] condeno al dicho Bartolome Ramajo que sea puesto encima de un asno e sea traydo por las calles e mercados desta villa con boz de pregon e les sean dados cinquenta açotes e mas le condeno a que le sea cortado el pico de la lengua por donde fablo lo en la dicha pesquysa contenydo de tal manera le sea cortado que no reciba peligro de muerte a vista de cirujanos e condeno a los dichos Andres de las Heras e Diego Bermejo a que sean penados e penolos del oficio de quadrilleros de que agora usan e mando que no sean rescebidos a los dichos oficios perpetuamente syn licencia de don Francisco my señor e que no usen de el agora so pena de perdimyento de sus bienes quedando su derecho a salvo a don Francisco my señor como señor de la tierra a que en derecho tenga para elegir e nombrar quadrilleros que rijan e goviernen la dicha tierra e condenoles mas en las costas deste proceso cuya tasacion en my reservo e juzgando asy lo pronuncio e mando en estos escritos e por ellos. El licenciado Barahona.”

Poco se puede añadir. Al tratarse de delitos de alta traición y aleve a la Corona (aunque como hemos visto no se infiere en los acusados una actitud de rebeldía contra la autoridad real) se aplicaron penas capitales como el ahorcamiento. Además tendría un componente ejemplarizante para infundir miedo entre la población provocando una actitud más sumisa. A partir de aquí el movimiento comunero en Aliste fue cortado de raíz. Ajusticiados en Alcañices los principales cabecillas y represaliados los cuadrilleros más contestarios don Francisco Enríquez tuvo vía libre para reforzar su autoridad. Todavía seis años después, en 1527, varios procuradores de Aliste se quejaban de las continuas extorsiones a las que don Francisco sometía a los pueblos en un pleito entablado por las mujeres e hijos de Alonso de la Cuesta, Juan del Prado y Diego Ramos solicitando amparo al Consejo Real con el objetivo de revisar el proceso y ajusticiamiento de sus parientes. La Chancillería accedió a revisar el caso pero no formuló reproche penal alguno a la sentencia, confirmándola en todos sus puntos en 1529. Otra victoria moral para los señores de Alcañices que acabaron por redondear en 1533 cuando el rey Carlos I les concede el título de marqueses de Alcañices. Pero ¿qué causa movió al rey para recompensarles de esa manera? Pues precisamente la ayuda prestada por don Francisco Enríquez en la guerra de las Comunidades.

Quedaba la gloria para los vencedores, el olvido para los vencidos. Sirva al menos este artículo como pequeño homenaje para esos otros “olvidados”, personas como Alonso de la Cuesta, Juan del Prado o Diego Ramos (y tantas otras que seguro desconocemos) que lucharon por una vida mejor para su tierra y pagaron un precio muy alto por ello. Tengámoslos presentes porque, quizá de esa manera, su esfuerzo tenga al fin recompensa.

 ROBERTO TOLA



[1] Son fundamentalmente tres documentos. Dos de ellos se custodian en el Archivo de la Casa Ducal de Alburquerque en Cuellar: Sentencia dada por un juez de Alcañices contra unos procuradores de la tierra de Aliste condenándoles a muerte por incitar a la gente en favor de los comuneros [76, leg. 22, nº21 (1521-04-10)] y Sentencia dada por la justicia de Alcañices por orden de Francisco Enríquez contra Bartolomé Ramajo porque inducía a favor de las Comunidades [76, leg. 22, nº 20 (1521-04-16)]. El otro pleito se encuentra en el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid: Ejecutoria del pleito litigado por Francisco Enríquez de Almanza, señor de Aliste, con Catalina de la Torre y consortes, vecinos de Aliste [Registro de Ejecutorias, caja 416, nº 43 (1529-06-19)].

[2] Cada cuadrilla recibía un nombre. En la del Rincón se incluían Alcorcillo, Latedo, Rábano, Ribas, San Blas, San Juan del Rebollar, San Mamed, San Martín del Pedroso, Santa Ana, Sejas, Tola, Trabazos, Villarino tras la Sierra y Viñas; en la de La Ribera estaban Bercianos, Cabañas, Campogrande, Figueruela de Arriba, Flechas, La Torre, Mahide, Palazuelo de las Cuevas, Pobladura, Riomanzanas, San Pedro de las Herrerías, San Vicente de la Cabeza y Villarino Manzanas; en la del Yermo Arcillera,  Brandilanes, Castro de Alcañices, Ceadea, Flores, Fornillos, Fradellos, Gallegos del Río, Lober, Mellanes, Moveros, Puercas, Sarracín, Tolilla, Valer y Vivinera y en la del Campo estaban El Poyo, Matellanes, Moldones, Gallegos del Campo, Grisuela, Rabanales, San Cristóbal, San Vitero, Ufones y Villarino de Cebal.

[3] En Fernández Fernández, J. L., “Vida cotidiana y conflicto en la Tierra de Aliste (Zamora) 1640-1820”, Zamora, 2023, pp. 108 y ss.

[4] Francisco Enríquez ya aparece entre los nobles que habían participado en la toma de Tordesillas a los sublevados comuneros a principios de diciembre de 1520. Vid. Pérez, J., “La revolución de las Comunidades de Castilla (1520-1521)”, Madrid, 1997, p. 257, nota 183.

[5] Algunos de los testigos presentados fueron Pedro de Ribas, vecino de Tola; Martín Raposo, de Palazuelo; Rodrigo García, de Pobladura; Alonso Prieto, de Tola o Alonso Vara, vecino de Alcorcillo.

[6] Posiblemente don Francisco trajo soldados procedentes de sus otros dominios. Por ejemplo, a través de su testamento sabemos que hizo traer a la fortaleza de Alcañices para su guarda fasta quynze o veinte paveses (escudos) de sus villas de Villavellid y Cabreros.

domingo, 22 de enero de 2017

LA INCORPORACIÓN DE MAHÍDE AL SEÑORÍO DE ALCAÑICES EN EL SIGLO XV

La historia medieval del Mahíde presenta ciertas particularidades que la hacen diferente a la mayoría de localidades alistanas. Esto se debe fundamentalmente a que a lo largo de este período histórico llegó a formar parte de hasta tres dominios señoriales distintos: en un primer momento estuvo en poder de la monarquía portuguesa, posteriormente se vinculó al monasterio de San Martín de Castañeda y por último se incorporó al Señorío de Alcañices.
En este artículo vamos a centrarnos precisamente en esta última etapa, poniendo el foco de atención en el proceso por el que los señores de Alcañices se hacen con el control de la localidad hacia finales del siglo XV.
La información sobre este tema se ha obtenido exclusivamente de la documentación conservada en el Archivo de la Casa Ducal de Alburquerque, por lo que no se trata de un estudio exhaustivo, que requeriría contrastar los datos con otras fuentes documentales. Pese a ello la información recabada nos ha permitido establecer un relato coherente de este proceso histórico, que hemos dividido cronológicamente en tres etapas o momentos claves y que desarrollaremos en apartados independientes, con su consiguiente respaldo documental:

A)     Toma de posesión[1]
B)      Arrendamiento de rentas[2]
C)      Pleito por la tenencia de Mahíde[3]

A)     TOMA DE POSESIÓN
Mahíde hace su aparición en el registro escrito durante el primer tercio del siglo XII a través de un diploma por el que el rey portugués Alfonso Henriques hace donación de este lugar al monasterio de San Martín de Castañeda[4]. A partir de este momento los monjes pasan a ejercer el dominio señorial sobre la localidad, dotándola de fuero. Sin embargo, vamos a ver cómo hacia finales de la Edad Media una serie de circunstancias van a poner en peligro este dominio.
El día 23 de septiembre de 1477 comparece en Mahíde don Munyo de Herrera, criado del señor de Alcañices don Juan Enríquez de Guzmán, y representante del mismo. Acompañado de un escribano se presenta ante Juan de Mayd y Martyn Rodrigues, en ese momento alcaldes de Mahíde, con un privilegio real expedido por Isabel de Castilla y Fernando de Aragón. A continuación se procede con el protocolo habitual que requería este tipo de actos: a son de campana tañida y en el lugar acostumbrado se hace reunir al concejo de Mahíde. En presencia del mismo el escribano lee el contenido del diploma. Tomando la carta de privilegio los alcaldes la besan y poniéndola encima de la cabeza juran guardarla y hacerla guardar.
En realidad esta parafernalia simbólica y protocolaria representa un acto jurídico de la máxima importancia para el pueblo: la toma de posesión oficial por parte de los señores de Alcañices. Pero esto requiere de alguna matización. En primer lugar, se trata de una merced real concedida por los Reyes Católicos durante los primeros (y difíciles) años de su reinado. Cabe recordar que este momento (año 1477) se enmarca en un período de guerra hispano-lusa que, tras el fallecimiento de Enrique IV, enfrentaba por la sucesión en el trono a Isabel y Fernando frente a Juana la Beltraneja y Alfonso V de Portugal. Precisamente durante esta guerra el espacio zamorano fue escenario de operaciones bélicas destacadas (por ejemplo la crucial batalla de Toro de 1476) por lo que no sería descabellado pensar que la concesión de Mahíde a Juan Enríquez se hubiese producido como recompensa por los servicios prestados en favor del sector isabelino. No en vano el de Alcañices pudo contar con recursos humanos y materiales suficientes en una zona fronteriza y por tanto de especial interés para los dos bandos.
Por otro lado debemos matizar el contenido de la concesión. En el documento se señala “la posesyon del dicho lugar de Mayd, de la justicia civyl e cremynal alta e baja, mero e mysto ymperio”. Sin embargo, no hay alusión alguna a las rentas o derechos de tipo económico, por lo que se infiere que la cesión se limita única y exclusivamente a los derechos jurisdiccionales. Es decir, Juan Enríquez se asegura el control de la población a través de la administración y ejecución de justicia en todas formas y grados. Los vecinos de Mahíde parecen acatar la decisión de buen grado, al igual que los propios monjes de Castañeda, fundamentalmente porque se trataba de una facultad real y porque no verían afectadas sus prestaciones económicas, al menos de momento.

B)      ARRENDAMIENTO DE RENTAS
En un período cargado de guerras fratricidas, luchas señoriales, inestabilidad política y decadencia de la vida monástica tal y como se había concebido en tiempos pretéritos, los monjes de Castañeda buscan optimizar todos los recursos económicos a su alcance. Poco después de la toma de posesión del año 1477, que como hemos visto no afectó a los derechos fiscales del monasterio, el abad Pedro de Lagarejos decide arrendar todas las rentas que poseían en Mahíde al propio Juan Enríquez de Guzmán. Tenemos constancia de ello gracias a dos cartas de arrendamiento, la primera fechada en 1479 y la segunda en 1481. En ambos casos el contrato se extiende por un plazo de dos años aunque las condiciones que se otorgan son de cumplimiento anual. El segundo de los contratos presenta las mismas cláusulas que el primero, salvo el aumento en la cuantía del precio, por lo que se trataría de una renovación del pacto inicial.
De entrada estos documentos dejan bien a las claras que las rentas y derechos fiscales y tributarios de Mahíde seguían en manos del monasterio. El abad arrienda a “Lope Nunes merino en Ayo por el señor don Juan que presente estades todas las rentas e fueros e derechos que yo he e me pertenescen comoquier et en qualquier manera en nombre de la dicha my abbadia” aunque establece una excepción: “que non vos arriendo ni entre en este arrendamyento las letuosas, que estas quiero que queden para los monjes del dicho my monesterio”. El derecho de luctuosa consistía en el cobro, tras el fallecimiento de alguna persona, de la mejor prenda que poseyera (generalmente joyas o ropa).
Juan Enríquez acuerda con el abad el pago anual de 2.000 maravedís, diez cargas de trigo y una docena de gallinas durante los dos siguientes años, cantidad que se verá incrementada en 1.000 maravedís más en el arrendamiento de 1481. De esta manera los señores de Alcañices pasarían a controlar, aunque sólo sea de facto, todos y cada uno de los aspectos de la vida cotidiana de los vecinos de Mahíde: recaudación de impuestos, imposición de ordenanzas, administración de justicia, etc.
El arrendamiento se va a extender en el tiempo y hará saltar el resorte que inicie la desvinculación de Mahíde con el monasterio de Castañeda, como vamos a ver.

C)      EL PLEITO
El momento decisivo en todo este proceso se produce a finales del siglo XV. En 1498 el abad don Diego de Aller presenta pública demanda contra Francisco Enríquez de Almansa por los agravios cometidos hacia su persona y por la supuesta usurpación del señorío que San Martín de Castañeda ostentaba en Mahíde.
Según la versión dada por el abad, apenas un año antes el monasterio tenía arrendadas las rentas del lugar a doña Constanza de Almansa (viuda de Juan Enríquez de Guzmán y madre de Francisco Enríquez). Tras el fallecimiento de ésta y la finalización del contrato de arrendamiento don Francisco Enríquez, como nuevo señor de Alcañices, solicita la renovación del mismo. Sin embargo, se encuentra con la negativa del abad quien aduce razones objetivas que no llega a especificar. Las consiguientes amenazas y coacciones de don Francisco obligan a Diego de Aller a solicitar una carta de seguro real, con la que se va a presentar en Mahíde. La recepción de la comitiva monástica, integrada por el abad, un escribano y dos acompañantes, no es precisamente amistosa. Ya durante el camino, a la altura de Boya, salen a su encuentro dos vecinos del concejo de Mahíde preocupados “porque les avyan dicho que yva con gente para les destruyr e faser mal”. Tras apaciguar los ánimos continúan viaje hasta que “a dos tyros de vallesta del dicho lugar salieron contra el fasta veynte onbres armados” impidiendo el paso al abad y sus acompañantes. Éste pide a los hombres que reconozcan su autoridad y le permitan acceder al pueblo. En un principio se niegan “fasta que vynyese ally el alcaide de Alcanyzas porque ellos no conoscian alli por señores amos salvo a don Francisco” pero finalmente acceden y los conducen hasta la iglesia de Mahíde donde son recibidos por otros muchos hombres armados “asy de los vecinos del dicho lugar como de otros lugares de tierra de Alcanyzas vasallos del dicho don Francisco”. El abad intenta convencer a los allí reunidos para que reconozcan el señorío de Castañeda en este lugar pero sus deseos resultan infructuosos.
Como no podían ser de otra forma la versión de don Francisco Enríquez difiere notablemente, aunque presenta puntos en común. Por ejemplo, reconoce que puso gente armada en Mahíde pero niega cualquier tipo de agresión al abad. Justifica su actitud beligerante porque “frey Diego de Aller traya gente e vasallos del conde de Benavente para tomar el dicho lugar”. El señor de Alcañices acusa constantemente al abad de haber acordado, en connivencia con el conde de Benavente, la toma y ocupación de Mahíde. Debemos recordar que durante estos años las disputas entre los de Alcañices y Benavente eran constantes. Los condes poseían en Aliste los lugares de Nuez, Vega de Nuez y Figueruela de Abajo por lo que una hipotética toma de Mahíde hubiera supuesto el control de un enclave importante y frontero a sus posesiones, aumentando el riesgo de fricción y enfrentamientos con los lugares de Alcañices. De ahí el miedo que Francisco Enríquez debió sentir y su deseo de hacerse definitivamente con el dominio de este lugar.
En el pleito su procurador alega también que la jurisdicción y término de Mahíde había pertenecido a los señores de Alcañices desde tiempo inmemorial. Asume como cierto el arrendamiento que doña Constanza firmó con el abad, pero tan sólo en la parte relativa a los diezmos, perteneciendo a Alcañices la percepción del resto de rentas. Intenta demostrar, como prueba de ello, que el precio estipulado en el contrato era excesivamente bajo como para representar la totalidad de las rentas de un lugar como Mahíde. Además don Francisco señala que “don Juan Enriques e doña Costança de Almança poblaron e hisieron poblar el dicho lugar en los dichos sus termynos e sus antecesores por si antes, quando mas solia aver en el dicho lugar eran tres o quatro vezinos e aora pasan de cinquenta”.
Con esto concluyen los alegatos de ambas partes. A partir de entonces es el juez pesquisidor el que se encarga de recabar testimonios y pruebas para concluir su juicio, en el que deberá otorgar la pertenencia del señorío de Mahíde. Por la trascendencia de la misma transcribimos la parte principal del contenido de la sentencia:
Fallo que devo anparar e defender y anparo e defiendo al dicho don Francisco Enriques y a su procurador en su nombre en la posesyon del dicho lugar de Mayd por quanto por la dicha ynformacion parescia que doña Costança de Almança madre del dicho don Francisco Enriques tenya el dicho lugar de Mayd antes e al tiempo que el dicho abad fray Diego de Aller fisiese el dicho arrendamyento del dicho lugar de Mayd a la dicha doña Costança e lo aver tenydo e poseydo antes de la dicha doña Costança Luys de Almança e Diego de Almança e don Juan Enriques sus antecesores suscesyvamente e despues de los sobredichos lo aver tenydo e poseydo e tener e poseer el dicho lugar de Mayd el dicho don Francisco Enriques e mando que nynguna persona no le perturbe ny moleste ny ynquyete en la dicha su posesyon al dicho don Francisco fasta tanto que primeramente sea sobre ello llamado a juyzio e oydo…”
Por tanto el juez da la razón a Francisco Enríquez, concediéndole la posesión del lugar[5]. Llega a reconocer, no sabemos en base a qué pruebas, que Mahíde había pertenecido con anterioridad a Luis de Almansa, Diego de Almansa, Juan Enríquez y Constanza de Almansa, todos ellos señores de Alcañices, lo que retrotraería el dominio a principios del siglo XV.
En el escrito aparecen entre varios testigos firmantes del documento un tal Juan de Mayd y Martín Rodríguez, en calidad de alcaldes, y Fernán Rodríguez como clérigo cura del lugar. Este dato pasaría desapercibido si no fuese porque son las mismas personas y en los mismos cargos que aparecían en la toma de posesión del año 77. Que veintiún años después reaparezcan de nuevo y ejerciendo los mismos papeles (me refiero fundamentalmente a los dos alcaldes) parece cuanto menos sospechoso. ¿Es posible que se diera esta circunstancia? Sí, es posible. Pero también es posible que don Francisco Enríquez falsificara el documento de toma de posesión para incorporarlo al juicio como prueba del dominio por parte de sus antecesores. En este sentido concuerda que la fecha del supuesto acto de posesión se produzca justo antes del primer contrato de arrendamiento. Esto nos llevaría a pensar en un plan diseñado para usurpar en toda regla la jurisdicción de San Martín de Castañeda en Mahíde. Pero a falta de pruebas todo lo que tenemos es una duda razonable sobre este particular. Lo que no genera duda alguna es que a partir de este momento Mahíde se incorporará definitivamente al señorío de Alcañices, desligándose del monasterio sanabrés que marcó el destino medieval de la localidad y dejó su huella imborrable.



[1] Archivo de la Casa Ducal de Alburquerque, 67, nº 4
[2] Archivo de la Casa Ducal de Alburquerque, 46, leg. 1, nº 6
[3] Archivo de la Casa Ducal de Alburquerque, 76, leg. 22, nº 8
[4] Quintana Prieto, A., “La documentación de San Martín de Castañeda”, Archivos Leoneses, 51, 1972, pp. 225 y ss.
[5] El monasterio recurrió la sentencia en grado de apelación aunque tan sólo logró que le reconocieran el cobro de la mitad del diezmo de Mahíde, que perdurará hasta el siglo XIX.

lunes, 6 de abril de 2015

APUNTES HISTÓRICOS PARA EL ESTUDIO DE LA FORTALEZA DE ALCAÑICES

En el año 2007 la Junta de Castilla y León a través de la Consejería de Cultura y Turismo acuerda adecuar como Conjunto Histórico el denominado Recinto Murado de Alcañices, anteriormente declarado Bien de Interés Cultural (BIC).
Más allá de este tipo de actuaciones administrativas, necesarias pero en ocasiones poco eficaces, desde un punto de vista histórico se echa en falta un estudio monográfico del recinto defensivo que profundice en sus raíces y evolución y ayude a poner en valor su importancia histórica y cultural.
Lejos de tal objetivo, para cuya realización se requieren los medios, el tiempo y los conocimiento de los que carezco, sí pretendo en este post aportar mi granito de arena en favor de un mejor conocimiento de la fortaleza alistana a través de una serie de aportaciones documentales (algunas inéditas) que presenten un relato lo más coherente posible del núcleo defensivo. 


Delimitación Conjunto Histórico del "Recinto murado de Alcañices"


Alcañices surge por vez primera en los registros escritos en un documento del año 1204, cuando aparece al frente de la Villa un tenente llamado Nuño Froilaz[1]. Lo tardío de esta primera referencia no concuerda con la importancia del enclave. Sabemos que en 1211 el rey leonés Alfonso IX ordena la devolución a los templarios de una serie de fortalezas, entre las que se encuentra Alcañices[2]. Éstos debieron implantarse en la Villa  posiblemente hacia el último cuarto del siglo XII, transformándola en uno de sus principales núcleos fortificados. Su presencia aquí se extendió hasta el año 1310 cuando la Orden es disuelta, pero las referencias históricas sobre su presencia durante todo este período son escasas y ninguna de ellas alude a la fortaleza.
En realidad, el primer testimonio documentado de la arquitectura defensiva en la Villa se data en tiempos de los primeros Señores de Alcañices. Se trata de un diploma del año 1396 por el que doña Juana de Cifuentes cede a su hijo mayor don Luis, con el consentimiento de sus hermanos, la Villa y Tierra de Alcañices[3]. El documento es importante por cuanto doña Juana ordena a un tal Sancho Diez la entrega de la casa-torre a favor de su hijo: […] et mando a Sancho Dies que esta presente que tiene la casa torre por my de la dicha villa de Alcanyças que vos la haga luego dar e entregar a vos… En primer lugar se deduce de estas palabras que Sancho actuaría en calidad de alcaide o gobernador de la fortaleza, por los poderes que doña Juana le había delegado. En segundo lugar, el testimonio es clave porque refleja el tipo de construcción arquitectónica que presidiría la villa: una casa-torre. Con este escueto dato lo único que se puede apuntar es que se trata de un modelo constructivo habitual durante la Plena Edad Media, como se puede atestiguar de construcciones similares que sí han perdurado hasta nuestros días en todo el tercio norte peninsular y que ejercían funciones habitacionales y militares al mismo tiempo. Más allá de esto no sabemos si su origen pudo datarse en tiempos de los primeros señores de Alcañices o si por el contrario se trata de un vestigio de la arquitectura templaria que fue reaprovechado posteriormente.
Nada se nos dice en cambio de la primitiva cerca medieval que protegería el recinto o de otros elementos defensivos como el foso. Sin embargo, tenemos pruebas documentales de su antigüedad, tanto de la muralla como del foso, por un pleito de 1535 en el que los concejos de Aliste presentan una lista de daños y agravios a los que eran sometidos por parte de don Francisco Enríquez de Almansa, I Marqués de Alcañices[4]. Entre las quejas se encuentra la obligación de la Villa y Tierra al reparo de los muros y cavas antiguas de la dicha villa. La antigüedad de la muralla y foso queda fuera de toda duda, máxime cuando a renglón seguido afirman que agora nuebamente haze [el Marqués] otra cerca nueba y los haze servir en ella no syendo nescesario. Es decir, el Marqués por estas fechas renovaba el recinto defensivo a través de la construcción de un nuevo amurallamiento y el acondicionamiento del foso. Respecto a este último elemento llama la atención la utilización del plural para referirse a él. Esto lleva a plantearnos dos hipótesis: que estuviésemos ante un doble foso (poco probable en mi opinión) o que el perímetro sólo se complementara defensivamente en algunos tramos excavados (de ahí las cavas), los más expuestos desde una perspectiva estratégica.
La creación de una nueva cerca debió ser el punto culminante de un proyecto de renovación de los sistemas de defensa de la Villa impulsado por el Marqués. O al menos eso se deduce de otro documento anterior, fechado en 1514, en el que por primera vez los concejos se lamentaban ante los tribunales de justicia por la actitud de don Francisco Enríquez, quien les fazía perder sus yeras con sus personas e carros e bueyes mandandoles llevar piedra e cal e barro para hazer una fortaleza que hazia sin les pagar cosa alguna, argumento que será rebatido en dicho pleito por el propio Marqués esgrimiendo a su favor que los servicios que los vecinos de la dicha Tierra fazian con sus personas e carros e bueyes asi que traen leña y barro y madera e otras cosas como en belar la fortaleza quando era nescesario … que a todo ello heran obligados los vezinos de la dicha Tierra e que le hera devido al dicho don Francisco ansí por privilegio especial que tenían de la dicha Tierra como porque los vasallos que agora biben en ella e los otros que antes de ellos fueron de cientos años y mas tiempo a esta parte y de tanto tiempo de cuyo principio no aver ya memoria de hombres diz que pagaron continuamente[5].
La reconstrucción de los elementos defensivos no debe interpretarse como un trabajo ex novo (es decir, demoler y hacer de nuevo) sino como una renovación parcial y progresiva de estructuras, entre otras cosas porque nadie hubiese sido tan temerario como para permitir la indefensión del enclave y su exposición al ataque enemigo durante el tiempo que durasen las obras.
Por otra parte los materiales empleados -piedra, cal y barro- concuerdan con los restos visibles de la muralla en la actualidad y suponemos que serían empleados tanto en la cerca como en el resto de fortificaciones.
En tiempos de don Francisco, cuya actividad constructiva fue ciertamente intensa, se llevó a cabo un último retoque defensivo. Él mismo nos da la información a través de su testamento[6]: Yten digo que por quanto por my mandado fue reedificado e trasmutado en obra del baluarte que esta delante de la puerta principal de la dicha my Villa de Alcañiças a costa de los vecinos de los lugares de la jurisdiccion de la dicha my Villa demas y allende de lo que antiguamente solia ser y estar que lo que asy paresciere averse trasmutado se de e pague a la dicha Tierra y de ello se faga la carcel que se a de fazer en la dicha my villa a que los vecinos de la dicha my Villa e Tierra son obligados de fazer.
En términos de arquitectura militar baluarte se define como una obra de fortificación que sobresale en el encuentro de dos cortinas o lienzos de muralla y se compone de dos caras que forman un ángulo saliente, dos flancos que la unen al muro y una gola de entrada. La construcción de baluartes se difundió ampliamente desde principios del siglo XVI en la misma medida que se había extendido el empleo de la artillería, como forma de contrarrestar su capacidad destructiva. Sin duda el Marqués reforzó la entrada principal de la muralla a través de este sistema del que, por otra parte, no he encontrado referencias posteriores.


Torre del Reloj
Tras el fallecimiento de Francisco Enríquez la fortaleza debió iniciar un progresivo periodo de decadencia. Al menos eso se desprende de un testimonio fechado en 1629, cuando en cumplimiento de una Real Provisión se presenta en Alcañices el teniente de corregidor de Zamora don Pedro Sevil junto a los maestros de cantería y carpintería don Pedro Guerra y Simón Díez para comprobar el estado de conservación de la fortaleza y las casas del Marqués y evaluar la necesidad de reparos en ellas[7]. La declaración no tiene desperdicio y aporta información relevante:
Que las dichas cassas principales del dicho Marqués estan muy arruinadas e tienen necesidad de rreparo, particularmente los desvanes de arriva y estan muy desmejorados e que se estan viniendo al suelo e ansi mismo los corredores principales del dicho palacio ansi mismo se estan undiendo e con gran necesidad de rreparo y un corredor mirador de las dichas casas que cae hacia la guerta se esta undiendo y viniendo al suelo e tanvien es necesario hechar suelos e taviques a las dichas casas e sotechar los texados de ellas y que estos reparos se agan con toda brevedad para que de otra manera sera mayor la rruyna de las dichas cassas. E ansi mismo an visto la fortaleca de esta villa la qual esta muy desvaratada e desmexorada e todos los maderamientos de ella se han podrido e no son de provecho porque a lo que parece que algunos años que se undio el texado de ella, que esta descuvierta, y la cassa de la vivienda del alcalde de la dicha fortaleza esta toda en el suelo, paredes e toda ella, que es necesario rrepararle todo ello, ansi los sobrados de ella como el texado y levantar la dicha cassa del alcayde que está en la dicha fortaleza.
La situación de deterioro es evidente. Desconocemos si los reparos que tanto urgían se llevaron a efecto o no, aunque de haberse realizado habrían caído en saco roto ya que pocos años después, en 1641, las tropas portuguesas del rey Joao IV penetran en Aliste a través de Brandilanes arrasando con todo cuanto encuentran a su paso ante la impotencia de las escasas tropas españolas aquí acuarteladas. Estos enfrentamientos se enmarcan dentro de la denominada Guerra de Restauración Portuguesa, iniciada en 1640 con la sublevación de los nobles lusos que exigían la restauración del reino independiente de Portugal. La guerra fue prolongada (28 años) y se caracterizó por la combinación de batallas importantes con escaramuzas aisladas a uno y otro lado de la frontera. Precisamente el territorio alistano, como espacio fronterizo, y la villa de Alcañices, como cabeza de lanza de las estructuras defensivas españolas en esta zona de la Raya, se vieron seriamente afectados por las incursiones portuguesas. Para hacer frente a estos ataques se ordenó reforzar los enclaves militares más importantes, haciendo plazas de armas fortificadas y artilladas en Carbajales, Alcañices y Torregamones, guarneciéndolas con un tercio fijo de 800 hombres[8]. En otro documento de esta época, que nos sirve para complementar el anterior, se hace una descripción bastante detallada de la villa y fortaleza, evidenciando una vez más la situación de vulnerabilidad que presentaba:
La villa de Alcañices consiste en un arrabal abierto con cosa de sesenta casas de fábrica a la malicia, de suerte que dende los padrastos que tiene están descubiertas a tiro de mosquete sin poder hacer pie en ellas ningun hombre sin que les hagan pedazos. Arrímase a las murallas de esta villa el arrabal, que son casas de una piedra tan menuda paguadas con barro, y tan angostas, que una pared de barro fuera más defensa. Hay en la conferencia desta muralla las casas del marqués, una panera suya y cosa de diez y doce casas. Toda la villa está más sujeta que el arrabal por ceñillas las sierras que tiene a los lados tan cercanas, que con los mosquetes no para un hombre en la villa ni en sus murallas. Dentro de la villa, arrimado a la parte que mira a Castilla, está la fortaleza que S. M. manda se fortifique es de piedra labrada pequeña en su círculo, con cuatro cubos a lo antiguo, una torre de homenaje, sin plaza de armas ni cuarteles, ni alojamientos, ni agua, porque un pozo que tenía se ha secado sin tener gota de agua ha diez años, ni venilla aunque se ha limpiado, y cualquiera fortificacion que se le haga será dársela más bien dispuesta al enemigo si lo ocupa. Si algun remedio hay para poder fortificar y que la gente de la villa y el presidio se puedan defender por ocho dias mientras les va socorro desta ciudad de Zamora, es hacer en estos cerros que la ciñen, adonde está la horca, velacho adonde fuese más conveniente y más cercano de la villa un reduto alto levantado de murallas para que sea dificultosa la escalada que se le quisiese dar y dende este reduto, estando guarnecido con cien mosqueteros y algunas piececillas de campaña, quedan señores de la villa y de la fortaleza. También se ha de derribar la cárcel y otras algunas casas que arriman a la muralla, de suerte que la puerta de la villa quede limpia, a la cual se ha de hacer un rebellon que calza la puerta de la villa y del un lado y otro que salga un trincheron donde pueda estar la gente de mampuesto defendiendo la fuerza del enemigo. Con estas prevenciones se podrá la villa defender, y de otra manera es imposible, y ganada queda espuesta a que con muy poca gente la saquee el enemigo y la queme hasta Benavente y Astorga, sin haber cosa que se lo impida[9].
Interesa destacar de este testimonio la mención a la torre del homenaje, recordando en este punto la casa-torre que Juana de Cifuentes cedía a su hijo en 1396. Como hipótesis se puede pensar que la estructura arquitectónica militar que presidió la Villa desde el origen fue esta torre, que mantuvo siempre ese diseño aunque con las lógicas reformas que debió sufrir a lo largo del tiempo hasta su definitiva desaparición. En la descripción que se detalla en la declaración del conjunto histórico se refiere la existencia de un posible cubo, entre la iglesia y el palacio (y por ello conocido como cubo de Palacio) con vestigio de una doble puerta de acceso aneja. No he podido comprobar la existencia de estos restos, pero como hipótesis podría tratarse no tanto de un vestigio de la muralla sino de la propia torre.
Por otro parte, también es interesante la referencia que se hace a la cárcel, situándola junto a la entrada principal de la Villa y arrimada a la muralla. Debe ser la misma que Francisco Enríquez de Almansa ordenara construir en la manda testamentaria que antes veíamos y, por tanto, anterior al presidio que más tarde se ubicaría junto al Convento de San Francisco.

El final de la Guerra de Restauración Portuguesa en 1668 sólo supuso un respiro para la maltratada sociedad alistana. El cambio de siglo trajo consigo otro conflicto armado que nuevamente afectó a la comarca: la Guerra de Sucesión Española. La entrada de Portugal en esta guerra causó una vez más muchos problemas en Aliste. De hecho las noticias hablan de la toma de la ciudad y el castillo de Alcañices por parte del teniente general portugués Pedro Mascarenhas en 1710, quien ordenó arrasar las fortificaciones[10]. La villa quedaría en manos portuguesas hasta la firma del Tratado de Utrecht en 1713, cuando fue devuelta a los españoles. Es posible que durante este tiempo Alcañices perdiera gran parte de su infraestructura militar, incluida la torre o algunos cubos antiguos de la muralla.
Fruto de las continuas refriegas entre españoles y portugueses, así como de las penurias económicas sufridas y del abandono político, la fortaleza de Alcañices acabaría por transformarse en un conjunto arquitectónico ruinoso. Este estado calamitoso se puede comprobar ya desde principios del siglo XIX a través de un documento con el que vamos a cerrar el recorrido histórico de la fortaleza. Se trata de otro pleito iniciado en 1815 por los concejos alistanos contra el Marquesado de Alcañices solicitando la abolición de sus obligaciones señoriales. Es un litigio amplio y complejo del que sólo destacaremos los aspectos relacionados con el tema que nos ocupa[11].
Una de las argumentaciones que los concejos emplean para apoyar sus peticiones tiene carácter histórico: niegan la legitimidad de los derechos señoriales del Marquesado en base a la usurpación que de ellos hicieron originariamente a los templarios. Así los concejos intentan demostrar la pertenencia de Aliste a la Orden del Templo a través del reconocimiento de vestigios arqueológicos que pudieran haber pertenecido a los propios templarios. Entre las pruebas que presentan se halla una descripción del recinto de la fortaleza de Alcañices por parte de un perito nombrado para tal efecto y en la que se incluye la representación de un plano de la misma. Copio a continuación el texto que acompaña al plano:
Que esta se hallaba sobre una loma, según se manifestaba en el plano, con cuatro cubos, demostrados con color amarillo, y letra B, los que tenían de altura veinte y dos pies; y que los tres restantes señalados con la letra C, solo se les conocían los cimientos, y varios trozos de muralla que ivan anotados con las líneas paralelas, de cuatro, cinco y seis pies de altura, y los trozos restantes con las líneas de puntos, solo se reconocían los cimientos, cuyas construcciones eran de mezcla de cal, cantería en partes, y el resto en mampostería, pizarra: que también subsistían parte de dos torreones cuadrados, el uno con la altura de treinta pies, y el otro con la de trece; que el recinto o perímetro de la Villa se hallaba plantado sobre escarpados hasta una ribera con el nombre de Valdesejas, y también estaba por la parte del Naciente otra ribera llamada San o Peña Cueva, que cercaban dicho sitio por Naciente, Mediodía y Poniente; que también se reconocían los fosos que ivan señalados con la letra D, y también se manifestaban dos entradas que tuvo, señaladas con la letra E, cuya fortificación se reconocía ser de tiempo inmemorial, pues su defensa solo podía servir para Armas blancas; que era cuanto se podía advertir y reconocer en dicho sitio.




El estado de conservación de la fortaleza era ya entonces penoso, subsistiendo enteramente apenas los cuatro cubos que vemos en la actualidad así como algunos tramos de lienzo de la muralla. Sin embargo, el documento aporta información valiosa sobre otros elementos hoy desaparecidos. Sobre todo llama la atención la presencia de dos torreones cuadrados en el sector occidental. También dos entradas antiguas -además de la principal situada junto a la actual Torre del Reloj- que deben corresponder al periodo medieval del recinto, al menos si consideramos las palabras del perito… pues su defensa solo podía servir para Armas blancas. Es decir, se identificarían con una etapa anterior al empleo de la artillería.
El recinto defensivo en origen presentaría al menos siete cubos y dos torreones y estaría bien delimitado por los fosos, que lo cerraban casi en su totalidad. Los cubos alcanzarían una altura aproximada de seis metros mientras que los torreones intuyo que en origen debieron rondar los nueve metros.
Nada se nos dice acerca de la torre del homenaje que hemos venido advirtiendo anteriormente, y así lo refleja el plano en el que ya vemos la disposición urbanística del palacio de los Marqueses contiguo a la iglesia de Nuestra Señora de la Asunción.
Por último quiero destacar un detalle que a simple vista podría pasar inadvertido. En el plano aparece dibujado en lo que sería la actual Torre del Reloj una estructura triangular unida al resto de las edificaciones por un pasillo interior. Concuerda esta disposición con la posibilidad de que estemos ante un baluarte (en este caso estructura de dos caras en ángulo saliente con una gola de entrada), ¿quizás el baluarte que está delante de la puerta principal del que nos dejó constancia don Francisco Enríquez en su testamento?

En la actualidad los restos de la fortaleza que han perdurado son cuatro cubos, conocidos como del Reloj, de la Villa, Trincherón y Tia Cañona además del ya mencionado anteriormente cubo de Palacio. También algunos lienzos de la muralla así como el propio Palacio de los Marqueses de Alcañices.


Hasta aquí el recorrido histórico a través de estas breves aportaciones. Sin duda no están todas las que son, seguro que hay mucho más material de estudio, pero con ello espero haber contribuido mínimamente a valorar como se merece nuestro patrimonio.




[1] González, J., Alfonso IX, Madrid, 1944, doc. 185.
[2] Ibídem, doc. 274.
[3] Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, Pergaminos, Carpeta 32 nº3 (1396-3-27)
[4] Archivo Real Chancillería de Valladolid, Registro de Ejecutorias, Caja 713, nº1.
[5] Archivo Casa Ducal de Alburquerque, caja 51, leg. 9, nº7. Estas y otras afirmaciones que aparecen en el pleito vienen a corroborar la hipótesis antes expuesta de continuidad entre templarios y los primeros señores de Alcañices, herederos de unas estructuras consolidadas, no sólo arquitectónicas sino también económicas y sociales. El Marqués se aprovecha de esta situación obligando a los concejos, entre otras cosas, a la realización de trabajos comunitarios en obras, mantenimiento o protección de la fortaleza.
[6] Archivo Casa Ducal de Alburquerque, caja 77, leg. 23, nº 16.
[7] Archivo Real Chancillería de Valladolid, Registro de ejecutorias, caja 2526, nº10.
[8] Fernández Duro, C., Memorias Históricas de la Ciudad de Zamora, su provincia y obispado, Madrid, 1882, t. II, p. 519.
[9] Ibídem, t. II, pp. 626 y 627.
[10] Esparza Arroyo, Á. y Martín Valls, R., “Estelas romanas y otros vestigios arqueológicos de Zamora en un pleito antiseñorial del siglo XIX”, en Boletín del Semanario de Estudios de Arte y Arqueología, t. 63, 1997, p.256 (nota al pie nº 8).
[11] Ibídem, pp. 253-277.

jueves, 1 de enero de 2015

EL ESCULTOR JUAN DE JUNI Y SU RELACIÓN CON LOS MARQUESES DE ALCAÑICES

Que el insigne escultor Juan de Juni realizó varios trabajos para la familia Enríquez de Almansa quedó suficientemente demostrado en su día por el profesor Jesús Urrea, quien ratificaba la atribución juniana de dos tallas que habrían pertenecido a diversos miembros de los Enríquez[1].

La primera de estas imágenes es un Cristo Crucificado, conocido como Cristo del Pasmo, que actualmente se conserva en el convento de Santa Clara en Montijo (Badajoz), y cuya primera atribución a Juni se la debemos al profesor Juan Serrano Pascual. Al entonces beaterio de Montijo fue a parar en el año 1691 cuando su propietario don Cristóbal de Portocarrero Guzmán y Luna lo trasladó desde el oratorio que tenía en sus casas de Valladolid.
Don Cristóbal de Portocarrero era el IV conde de Montijo, emparentado con el linaje Enríquez a través de don Ana Luna y Enríquez, esposa y sobrina de Francisco Enríquez, I marqués de Valderrábano. Éste a su vez descendía directamente por línea paterna de don Francisco Enríquez de Almansa y doña Isabel de Ulloa, I marqueses de Alcañices, ya que su padre fue Martín Enríquez[2], tercer hijo de este matrimonio.
                                                                                   Cristo del Pasmo

En opinión del profesor Urrea las casas y oratorio que menciona Cristóbal de Portocarrero y de donde procedería el Cristo del Pasmo se identifican plenamente con las que los marqueses de Alcañices poseían en la capital castellana, situadas en la antigua calle de la Cruz (hoy conocida como General Almirante) y de las que ya hablamos en un post anterior. Basándose en el probable período de ejecución de la obra (en torno a mediados del siglo XVI) y en cómo a través de diversas herencias el Cristo pudo llegar a manos del conde de Montijo, Urrea hipotetiza con la posibilidad de que el propietario fuese el propio Martín Enríquez, aunque a día de hoy no contamos con pruebas documentales que lo certifiquen.

Sí tenemos más certezas sobre la segunda de las tallas que se atribuyen a Juni y que estaban en poder de los marqueses.
Se trata de otro Cristo Crucificado que sabemos perteneció a doña Elvira de Rojas, mujer que fue de don Juan Enríquez de Almansa, II marqués de Alcañices. La talla se puede contemplar actualmente en la capilla mayor de la iglesia de San Pablo en Valladolid[3].

Tenemos constancia de esta propiedad por los documentos que Martín González hizo públicos en su Miscelanea sobre Juan de Juni[4], quien atribuyó acertadamente al escultor la autoría de un Cristo Crucificado que poseían las monjas del convento de Santa Catalina de Siena en Valladolid. A través de estos documentos sabemos que el Cristo de Juni fue donado en 1584 por Luis Enríquez de Rojas, hijo de la marquesa, al propio convento tras recibirlo en herencia a la muerte de su madre. Así aparece en la escritura por la que dona un Crucifijo grande y dos imágenes de pintura, la una de Nuestra Señora y la otra de San Juan Evangelista. Lo más interesante para nosotros es la condición que pone el propietario para que la donación a las religiosas sea efectiva: que este calvario fuese expuesto en el altar mayor encima del Sacramento y en caso de no hacerlo así, pasen dichas imágenes al convento de San Francisco de la villa de Alcañices[5], donde estaban enterrados su padre y antecesores. Es decir, de no haber cumplido las monjas este precepto el Cristo de Juan de Juni habría pasado al convento de Alcañices, por lo que la villa hubiese contado entre sus tesoros con una talla de primera magnitud y de uno de los más importantes escultores de su tiempo.
               Cristo Crucificado de Juan de Juni en su emplazamiento original del convento de Santa Catalina de Siena

En la carta de donación que Martín González publicó se señala que las imágenes habían pertenecido a la marquesa Elvira de Rojas, quien las tenía en una huerta llamada de la marquesa de Alcañices, situada en el camino de San Cosme y que don Luis Enríquez las habría recibido en herencia tras su fallecimiento, trasladándolas a unas casas que poseía en la calle de La Puente (actual Expósitos) de la propia villa de Valladolid.
No consta que la donación al convento se hiciera efectiva pero la atribución del Cristo a Juni hecha por Martín González, y posteriormente ratificada por Urrea[6], y el hecho de que en el convento no se hayan documentado en el tiempo otros crucifijos de tamaño parecido, parecen evidenciar la identificación de esta obra.

Como hemos dicho la talla se encuentra actualmente en la capilla de la iglesia de San Pablo y se considera obra ejecutada por Juan de Juni, estableciendo su cronología dentro del periodo final de su producción. Sin embargo, quiero dar a conocer un nuevo documento inédito hasta el momento y que al menos serviría para encuadrar cronológicamente esta talla. Se trata de un pleito que Luis Enríquez tuvo en Valladolid a cuenta precisamente del Cristo Crucificado y de algunos otros objetos que heredaría de su madre, a raíz de la venta que efectuó de la huerta y oratorio donde se encontraban los mismos. A través de la carta ejecutoria de dicho pleito podemos hacer un seguimiento aproximado de todos estos bienes a lo largo del tiempo, contrastando, y ampliando, toda la información que hasta ahora conocíamos.

Efectivamente doña Elvira de Rojas compró una casa y huerta[7] situada en las afueras de la ciudad de Valladolid. En realidad fueron dos parcelas que en las cartas de venta presentadas por Luis Enríquez en el pleito se describen de esta forma:
Primeramente una guerta cercada de tapia con un majuelo de viñedo dentro de ella que está al camino de Sant Gosmes con otro pedazo de biña que sale al camino de Cigales, con su casa e olmenar e frutales e con todo lo demas echo, edificado e mejorado dentro de la dicha guerta e viñedo, lo qual está adelante del monesterio de Nuestra Señora de la Vitoria, término e jurisdicción de la dicha villa de Vallid que alinda por la parte de delante al camino que ba a Sant Gosmes e por la otra parte el camino rreal que ba a Cigales e por otra parte guerta del monesterio de Santa Catalina de la dicha villa de Vallid e por la otra parte uerta e majuelo cercado del Ldo. Nuñez, médico vecino de la dicha villa de Vallid e de otras dos partes alinda todo con eredad e biña de Sevastian Laso, vecino de la dicha villa de Vallid, lo qual obo e conpró la dicha señora marquesa nuestra madre de Juan de Santa Cruz rropero e Ana de Aguilar su muger, vecinos de la dicha villa de Vallid, segun se contiene en la carta de benta que acerca de ello pasó ante Alonso Gutiérrez, escribano de su Magestad a ocho dias del mes de novienbre de mil y quinientos y cinquenta e dos años. Yten otra guerta rribera al camino rrivera de Sant Cosmes en el rrio de Pisuerga de la dicha villa de Vallid e con sus fuentes aguas estantes e manantes e plantas e arboledas e pesca de rrio y rribera e lo demas a ello anexa que alinda por una parte con huerta rribera de Sevastian de Alzega, platero e por otra parte con huerta del Ldo. Cabrera e por otra parte el dicho rrio de Pisuerga e por otra parte el dicho camino que va a Sant Gosmes, la qual está frontero de la dicha uerta e viñedo de lo susodicho y está entre medias del uno e del otro el dicho camino de Sant Gosmes, la qual dicha señora marquesa nuestra madre ubo e conpró de Juan López de Mediano, boticario e María Ortiz su muger, vecinos de la dicha villa de Vallid, segun se contiene en la carta de benta que acerca de ello pasó en la dicha villa de Vallid ante el dicho Alonso Gutiérrez, escribano de su Magestad a nueve dias del mes de otubre de mile y quinientos y cinquenta y tres años.

Al fallecer Elvira de Rojas estas fincas pasan en herencia a dos de sus hijos, Luis y Pedro. Posteriormente, el día 13 de diciembre del año 1562, se hace efectiva la venta de estas propiedades a Juan Estévez de Lovón. El problema surge cuando los dos hermanos reclaman a éste último la posesión de diversos objetos que se encontraban dentro de la casa, entre ellos el calvario que la marquesa poseía en el oratorio situado en la huerta. Juan Estévez se niega a entregarlo arguyendo la legítima propiedad de todos los bienes adquiridos, existentes en las fincas en el momento de su venta.

El pleito se va a dilatar en el tiempo, presentando los litigantes continuos recursos ante las diversas sentencias del tribunal de la Chancillería. En una de las pruebas solicitadas encontramos una valiosa información. Se trata de la visita que el día 24 de agosto de 1567 hace el Licenciado Mardones, alcalde en la Chancillería, al oratorio de la marquesa para comprobar por él mismo las condiciones en que se encontraba. Todo ello lo refleja por escrito, haciendo una descripción detallada de lo que allí encontró: que el dicho crucifixo que está en la dicha capilla de la dicha huerta que está sobre el altar que está en la dicha capilla, está puesto e asentado encima de un Monte Calbario e asido en él, el qual dicho Monte Calbario está asentado sobre el dicho altar e bueltas las espaldas del dicho Cristo con la cruz arrimado a la pared donde está el dicho altar como por ello parece a que me rrefiero e ansi mismo la ymagen de Nra. Señora a la del Señor San Juan que son de pinzel tienen dos lazadas de cordel y están dos clavos yncados en la parte del dicho altar y en ellos están metidas las lazadas de las dichas ymagenes con otros clavos devaxo de ellas e a los lazos con que los sostienen como por ello parece a que me rrefiero e ansi mismo los belos que están delante del cruzifixo e ymagenes están dos clavos que están yncados en la pared con un poco de ellos que buelben azia arriba y allí encaxa una barra de yerro por ella están las presas que tienen los dichos belos e ansi mismo la porcelana en que se echa la agua bendita que está a mano derecha como entran en la dicha capilla está asida con la pared e metida parte de ella dentro del yeso.

La decisión final de la audiencia vallisoletana se hará esperar hasta el año 1580, cuando dicte sentencia en favor de Luis Enríquez (su hermano Pedro ya había fallecido) para que fasta diez dias próximos siguientes dexen sacar libremente al dicho don Luis Enrríquez el dicho cruzifixo e ymagenes e madera que estavan en la guerta que le vendieron el dicho don Luis Enrríquez e don Pedro Enrríquez su ermano sobre que a sido y es este dicho pleyto e más se las entreguen al dicho don Luis Enrríquez por sí y como eredero que es del dicho don Pedro su ermano dentro del dicho término.

En resumen hemos visto cómo doña Elvira de Rojas compró a Juan de Santa Cruz y Juan López de Mediano dos fincas situadas junto al monasterio de Nuestra Señora de La Victoria de Valladolid allá por el año 1552 y 1553, donde establecería un oratorio en el que se encontraba el calvario formado por el Cristo y las dos imágenes de la Virgen y San Juan; a su muerte son heredadas por sus hijos Luis y Pedro, quienes deciden vender estas propiedades a Juan Estévez de Lovón en 1562. Tras el litigio con éste los jueces conceden por fin la propiedad del calvario a Luis Enríquez en el año 1580, quien decide trasladarlo en un primer momento a las casas que tenía en la calle de La Puente de la capital vallisoletana. Ya por último, en el año 1584 hace donación del Cristo y las imágenes al convento de Santa Catalina de Siena, donde permanecerá custodiado por sus monjas hasta su traslado (no sabemos si temporal) a la iglesia de San Pablo.
Esto sitúa cronológicamente la ejecución de la talla del Cristo Crucificado en una etapa anterior a 1562, momento en que se efectuó la venta de los bienes de la marquesa de Alcañices y por tanto en un estado intermedio en la producción juniana. Es más, con esta información no es aventurado pensar en la posibilidad de que doña Elvira de Rojas encargara a Juni la realización de la talla con el objetivo de instalarla en el oratorio que debió construir tras la adquisición de las huertas junto al Pisuerga.

Queda por tanto una vez más evidenciada la relación que existió entre el escultor Juan de Juni y la familia Enríquez de Almansa. No fue el único. Conocemos los estrechos vínculos con otro de los más grandes imagineros castellanos. Aunque eso lo dejaremos para una próxima entrada…




[1] Vid. Urrea, J., “Juan de Juni al servicio de los Enríquez de Almansa”, Boletín del Museo Nacional de Escultura, nº 1, 1996, pp. 207-214.
[2] Martín Enríquez de Almansa ostentó los cargos de virrey de Nueva España y posteriormente del Perú entre 1568 y 1583.
[3] Ante el forzoso abandono del convento por parte de las religiosas dado el precario estado de las instalaciones del mismo, las tallas que allí conservaban (algunas de indudable valor histórico y artístico) se han trasladado a la iglesia y convento de San Pablo de Valladolid, por pertenecer éstos a la misma orden, la de los dominicos.
[4] Martín González, J.J, “Miscelánea sobre Juan de Juni”, Boletín del Seminario de Arte y Arqueología, 1977, pp. 211-212.
[5] Libro Becerro del Convento de Santa Catalina, Valladolid, fol. 25. Se incluye en Martín González, J.J. op. Cit. p. 211 (nota al pie nº11). También inserta este autor la carta de donación, pero aquí se equivoca al leer Alcántara en lugar de Alcañices.
[6] Urrea, J., op. Cit.
[7] Estas huertas y riberas, como se conocían, no eran generalmente viviendas al uso sino más bien fincas de recreo utilizadas por las grandes fortunas con fines recreativos y de descanso y para lucimiento personal. Para más información sobre este tema ver Fernández del Hoyo, Mª. A., “A las riberas del Pisuerga bellas”, Boletín de la Real Academia de Bellas Artes de la Purísima Concepción, nº 40, 2005.